El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la modificación
del Reglamento de Sanidad Mortuoria de la Comunidad de Madrid, por la que se
elimina el plazo de 24 horas para poder trasladar a un difunto fuera de la región.
La normativa entrará próximamente en vigor, tras su publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
El cambio acordado suprime el plazo de espera de 24 horas que actualmente se
requiere para trasladar un cadáver fuera de la región, lo que facilitará a las
familias velar a sus seres queridos en el lugar que elijan, que a menudo coincide
con el de nacimiento. Se calcula que alrededor de 6.500 familias al año podrían
beneficiarse de esta modernización del reglamento, lo que equivaldrá a un 14%
del total de fallecimientos en la región, que en 2017 ascendió a 47.069, según
datos del Instituto Nacional de Estadística.
Asimismo, permite agilizar los trámites administrativos para el traslado del
cadáver, sustituyendo la actual autorización por una comunicación previa en la
mayor parte de los casos. También incorpora el acceso a la prestación de
servicios de tanatopraxia por los profesionales habilitados a tal fin.
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