El barullo formado en las farmacias a consecuencia de la
implantación del repago farmacéutico establecido en el Real Decreto Ley 16/2012
20 de abril, donde todos los pensionistas tiene que abonar una cantidad
determinada relacionada con los medicamentos prescritos, ha provocado que las
Comunidades autónomas encargadas de facturar los importes, busquen formulas
diversas en su aplicación.
Tenemos que recordar las cantidades: un máximo de ocho
euros mensuales para pensionistas con ingresos anuales inferiores a 18.000
euros y un máximo de 18 euros para aquellos que tengan una pensión superior a
los 18.000. Los pensionistas con rentas iguales o superiores a los 100.000
euros, aportarán un límite máximos de 60 euros al mes.
El hecho de aprobar el Decreto y no establecer mecanismos de topes,
genera que tienes que pagar cada vez que retiras las medicinas y luego, lo
pagado en exceso se recupera pasados los seis meses. Nada fácil.
En la Comunidad de Madrid, el consejero de
Sanidad, Javier Fernández Lasquetty, ha presentado el documento que, a partir
del uno de septiembre, evitará a los pensionistas tener que pagar por encima
del tope establecido por la ley.
Documento arcaico para la era digital del
siglo XXI, veamos el proceso a seguir:
Los pacientes podrán obtener el documento de dispensación
en el Centro de Salud. En el momento de la entrega, el profesional del Centro
de Salud cumplimentará el documento incluyendo los datos del paciente, el
código de aportación y el mes de validez. Esta tarjeta es intransferible y
propiedad del paciente.
En la farmacia, el
farmacéutico irá rellenando los campos cada vez que el paciente retire su
medicación con el precio de tratamiento y la aportación del pensionista hasta
que llegue a su tope máximo (ocho, 18 ó 60 euros según sus ingresos) y a partir
de ahí, el resto del mes, el tratamiento se le facilitará sin coste alguno.
El Sr. Fernández Lasquetty, informa que en meses venideros
este formato se cambiará por otro informatizado.
Dudas y
sugerencias
Se deduce que
el documento analógico tendrá que ser renovado mensualmente. Además, nos vamos
a encontrar que habrá pensionistas que retiren su documento y otros, debido a
su situación de dependencia personal no puedan utilizar el procedimiento
establecido. Es conveniente retener que esta tarjeta es intransferible y propiedad del paciente.
Por tanto,
todos los pensionistas de la Comunidad de Madrid, inicialmente deberían recibir el documento
establecido en su domicilio particular y cumplimentarlo en el Centro de Salud.