Alcaldes/as de toda España se ha dado cita en el pabellón
deportivo de la ONCE en Madrid, para dar a conocer su opinión sobre el Proyecto
de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. COALICIÓN
CANARIA, COMPROMÍS, CHUNTA ARAGONESISTA, FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ENTIDADES
LOCALES MENORES, INICIATIVA PER CATALUNYA, CIU, IU, PSOE.
DECLARAN:
Hoy queremos recoger todas estas voces, poniendo de
manifiesto que no se trata tanto de una cuestión de mayorías parlamentarias
para la aprobación de la Ley, sino de la necesaria búsqueda del consenso para
alcanzar mayorías sociales.
Debe ser a través del diálogo constructivo con las Entidades
Locales como se debe abordar el desarrollo del capítulo I del Título VIII de la
Constitución y este desarrollo debe definir en primer lugar el modelo
institucional de participación efectiva de las Entidades Locales en la
elaboración de las Leyes que les afectan y ampliar el régimen de impugnación
por éstas de éstas ante el Tribunal Constitucional.
Por la hondura y la trascendencia de esta reforma, por la
propia naturaleza de la materia que se pretende modificar y por la necesaria
estabilidad y permanencia a que una ley que regule la vida local debe aspirar,
solicitamos al Gobierno que, a fin de evitar la intervención del Tribunal
Constitucional, retire su proyecto de ley y elabore uno nuevo en base a estos
principios consensuado con los Alcaldes/as en el que se materialicen las
necesidades reales de los municipios y de las entidades locales menores.
Denunciamos pues o estamos en contra de:
1. La vulneración del principio de autonomía local, en su
configuración constitucional y en el marco de la Carta Europea de Autonomía
Local.
El Proyecto reduce el respeto a la autonomía local a una
mera declaración sin contenido, frente a un alud de instrumentos de tutela
económica y de gestión.
2. La invasión del marco competencial de los diferentes
Estatutos de Autonomía que otorgan competencias plenas en materia de
organización de la Administración Local a diferentes CCAA. La reforma local que
se define en el Proyecto, sin perjuicio del conjunto de objeciones de fondo que
se formulan en estas alegaciones, tendría que establecer su carácter supletorio
respecto a las CCAA con competencias plenas en la materia.
3. La inadecuación del contenido del Proyecto a las
finalidades en que se fundamenta.
El Proyecto penaliza las administraciones que han realizado
un esfuerzo más eficaz en favor de la contención del déficit público.
4. Ni mejora la financiación local, ni consigue la
racionalización y sostenibilidad de las finanzas locales Finalmente manifestar
la insolvencia del Proyecto de Ley desde la perspectiva de la financiación de
las corporaciones locales. El Proyecto de Ley incorpora modificaciones
substanciales en las competencias locales y no lo acompaña con la consiguiente
reforma de la ley de haciendas locales con el fin de adecuar su financiación a
las responsabilidades que les encomienda.
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