No debemos dejar pasar sin ser comentado con severidad la multa que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto a una Asociación de Vecinos de la C/ Montera de Madrid. Los que frecuentamos la mencionada calle, sabemos que todo lo que han grabado los Vecinos, es la auténtica realidad que se vive en esa calle; puro centro de Madrid.
Las personas que realizamos una actividad colectiva vecinal, en defensa de la calidad de vida de nuestros barrios, sabemos que con la única reflexión argumentada y razonada denunciando la situación calamitosa que podemos estar sufriendo, los poderes públicos te oyen, pero no te escuchan. Entonces, si conseguimos que los medios de comunicación se hagan eco de nuestras denuncias, las autoridades municipales, empiezan a tomar en consideración lo que antes de manera privada has tratado hacerles comprender.
Si además los avances tecnológicos te permite argumentar con imágenes lo que decimos con las palabras, entonces estamos ejerciendo un derecho constitucional: "la libertad de expresión".
En Getafe, el Gobierno municipal ha creado un canal de comunicación directa en “Youtube” donde cada vecino que lo solicite puede publicar aquellas noticias visionadas que considere oportunas y que se celebren al aire libre. “Yo, lo práctico porque me siento un ser libre”.
Si a esta libertad, le sumamos que también muchos ayuntamientos están instalando cámaras de videovigilancia para proteger la seguridad ciudadana, ahí sí, que nos graban a todos/as.
Por toda la complejidad que contiene este asunto, es por lo que, la Agencia Española de Protección de Datos, no debería haber cometido la torpeza de sancionar a la Asociación de Vecinos. La grabación no justifica, ni nadie puede interpretar, que toda persona que pase por el lugar, sea usuario de los servicios denunciados que se prestan durante las 24 horas.
Ante la realidad que vivimos, aconsejo a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que rectifique y retire la multa sancionadora. De lo contrario, está entrando en un terreno de incalculables consecuencias jurídicas.
Las personas que realizamos una actividad colectiva vecinal, en defensa de la calidad de vida de nuestros barrios, sabemos que con la única reflexión argumentada y razonada denunciando la situación calamitosa que podemos estar sufriendo, los poderes públicos te oyen, pero no te escuchan. Entonces, si conseguimos que los medios de comunicación se hagan eco de nuestras denuncias, las autoridades municipales, empiezan a tomar en consideración lo que antes de manera privada has tratado hacerles comprender.
Si además los avances tecnológicos te permite argumentar con imágenes lo que decimos con las palabras, entonces estamos ejerciendo un derecho constitucional: "la libertad de expresión".
En Getafe, el Gobierno municipal ha creado un canal de comunicación directa en “Youtube” donde cada vecino que lo solicite puede publicar aquellas noticias visionadas que considere oportunas y que se celebren al aire libre. “Yo, lo práctico porque me siento un ser libre”.
Si a esta libertad, le sumamos que también muchos ayuntamientos están instalando cámaras de videovigilancia para proteger la seguridad ciudadana, ahí sí, que nos graban a todos/as.
Por toda la complejidad que contiene este asunto, es por lo que, la Agencia Española de Protección de Datos, no debería haber cometido la torpeza de sancionar a la Asociación de Vecinos. La grabación no justifica, ni nadie puede interpretar, que toda persona que pase por el lugar, sea usuario de los servicios denunciados que se prestan durante las 24 horas.
Ante la realidad que vivimos, aconsejo a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que rectifique y retire la multa sancionadora. De lo contrario, está entrando en un terreno de incalculables consecuencias jurídicas.