El candidato socialista a la presidencia del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, pide a sus compañeros leer el contenido del acuerdo alcanzado con el Partido Popular. Se puede apreciar que el artículo 135 de la Constitución se amplía para garantizar que las administraciones públicas no gasten más que ingresan.
El nuevo artículo 135 de la Constitución Española queda entre otros puntos así:
2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.
Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
El acuerdo político sobre el desarrollo del artículo 135 dice:
Esta Ley Orgánica fijará en un 0,4 por ciento el déficit estructural global máximo del conjunto de las Administraciones Públicas a partir de 2020, que se distribuirá del siguiente modo:
• El déficit estructural en que podrá incurrir el Estado no superará el 0,26 por ciento del producto interior bruto nacional.
• El déficit estructural en que podrá incurrir cada Comunidad Autónoma no podrá superar el 0,14 por ciento de su producto interior bruto.
• Las entidades locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
La Ley Orgánica establecerá los criterios para la reducción progresiva del nivel de deuda, de acuerdo con el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, con el objetivo de alcanzar en 2020 el límite contemplado en el artículo 135.
Este acuerdo sin duda produce inquietud en la sociedad debido al conocido endeudamiento de los ayuntamientos españoles, estando el de Madrid, a la cabeza de la deuda contraída.
El desarrollo del artículo 135 referido a las entidades locales exige equilibrio presupuestario. Es decir, ingresos y gastos deben coincidir y además, prestar los servicios que tienen asignados.
Analizando la futura Ley Orgánica, dice que fijará los criterios de la reducción progresiva del nivel de la deuda.
Llegados a este punto, cabe peguntarnos cómo será la directriz que articule el método reductor progresivo? Máxime cuando vemos que no existe una Ley que fije los sueldos de alcaldes y concejales y cada Ayuntamiento fija la retribución de sus ediles. Algunos desorbitados para el número de habitantes del municipio.
Esta, es una de las consideraciones primeras que surgen en el debate, con la lógica preocupación entre las rentas más bajas que necesitan de servicios sociales que no deben ser reducidos.
En una primera valoración llegamos a concluir que todos estamos de acuerdo en no gastar más de lo que se ingresa, pero son muchos los capítulos donde se puede ajustar el presupuesto. La estructura de las administraciones públicas son tan amplias que nos permiten recorrido suficiente para lograr alcanzar los objetivos. Siempre con una máxima: corregir la grieta que separa a las rentas altas de las bajas. Los ricos no pueden ser más ricos y los pobres más pobres.