08/03/2013

Día Internacional de la Mujer

Me gustaría sinceramente no tener que celebrar días específicos dedicados a nadie, pero lamentablemente todavía nuestra sociedad no ha alcanzado ese grado de igualdad entre todos los seres humanos que nos haga desistir de las menciones especiales.

Por ello, hoy cuando hacemos exclusiva referencia a la “Mujer Trabajadora” declaro abiertamente que no minusvaloro a nadie por razón de sexo. Es más, en las experiencias profesionales que he tenido, donde ellas, han dirigido el proyecto, he percibido la misma sensación que cuando han sido ellos los que han marcado las directrices. Por tanto, igualdad, igualdad, e igualdad para todos.

Pero, a marzo de 2013, todavía la realidad nos demuestra que una cosa son los deseos y otra bien distinta la realidad. Así, conocemos datos estadísticos donde queda demostrado, que en muchos casos en igualdad de trabajo realizado el hombre es mejor retribuido que la mujer. Como esta situación no era nueva, y se mantenía en el tiempo, el Gobierno socialista de Zapatero, legisla y aprueba la Ley de Igualdad el 22 de marzo de 2007.

Conviene recordar el Objeto de la Ley:
Las mujeres y los hombres son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes. Tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria.

Es justo analizar que alcanzar el objetivo marcado no es tarea fácil dado los vicios ancestrales de la sociedad. Por eso, mientras no sea un proceder natural y habitual en su desarrollo, la Ley manda que, los Poderes Públicos procurarán atender al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de los cargos de responsabilidad que les correspondan.

Las candidaturas que se presenten para las elecciones de diputados al Congreso, municipales y de miembros de los consejos insulares y de los cabildos insulares canarios en los términos previstos en esta Ley, diputados al Parlamento Europeo y miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas deberán tener una composición equilibrada de mujeres y hombres, de forma que en el conjunto de la lista los candidatos de cada uno de los sexos supongan como mínimo el cuarenta por ciento. Cuando el número de puestos a cubrir sea inferior a cinco, la proporción de mujeres y hombres será lo más cercana posible al equilibrio numérico.

Pues bien, a estas indicaciones de la Ley, el Partido Popular dentro de la vorágine de procesos jurídicos que está viviendo, a través de su Secretaria General, Sra., de Cospedal, afirma que esto, es lo más machista que se puede hacer. Debido a que las mujeres no deben formar parte específica por Ley, que unas valdrán y otras no. Como si el hecho de haber nacido hombre, fuera certificado indeleble de inteligencia y equidad.
Pruebas tiene y muchas dentro de su propio Partido de que no es así.

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